La falacia sobre las privatizaciones de los servicios esenciales(I)

En el mes de agosto es muy propicio para enfrentar ideas con personas de muy diferente origen.

En el día de ayer estuve haciéndolo con una persona con una mentalidad anglosajona, sobre como deben ser gestionado los recursos naturales que son usados como servicios públicos, entre ellos la gestión del agua. Me sorprendió gratamente que defendiera la gestión y propiedad privada del agua. Claro está que estamos hablando del agua como recurso económico de varios usos alternativos.

Estos usos son:
  • consumo humano,
  • consumo industrial
  • consumo agropecuario
  Obvia este hombre múltiples restricciones sobre este bien en nuestro país. Que expondré aquí:
  1.  El agua es un bien escaso e irregular. Estamos en nuestro país sometidos a una distribución irregular de las precipitaciones a lo largo del año, con un fuerte "estiaje" o escasez de las mismas entre mayo-octubre y relativa abundancia entre noviembre-abril. 
  2. Una distribución irregular del mismo siendo abundante en el Noroeste del país y escaso en el Suroeste del país, 
  3. demás también sufrimos sequías, actualmente no muy severas, que pueden agostar nuestras reservas de agua. Se han llegado a registrar reservas de agua inferiores al 40% por ejemplo en el Tajo, Guadiana y Guadalquivir,
  4. Existe una sorprendente infraestructura orientada a aprovechar la capacidad de reserva de las cuencas de todos los grandes ríos de la península.
 Además obvia también las restricciones legales de salud pública sobre este bien que hacen imposible que la iniciativa privada personal, ojo no la empresarial, pueda hacer una gestión PRIVADA y PERSONAL de este bien ya que es suceptible de ser entregada a terceros como bien de consumo, de forma onerosa o gratuita.

Además de la universalidad, consagrada en la constitución, del dominio público sobre la propiedad de los recursos naturales en nuestro país y su zona económica exclusiva(200 millas náuticas)

Con este cúmulo de restricciones es imposible que este bien pueda privatisarse ya que entrariamos en conflicto al menos con el punto 1(su irregularidad en la provisión), el 2(las sequias), el párrafo 5 sobre la salud pública y el párrafo sexto sobre la propiedad.

Veamos por qué, atendiendo al punto 1 tenemos que la provisión es irregular y el atesoramiento y acaparamiento puede provocar desabastecimiento de la población en ĺos meses de estiaje. En cuanto al punto 2 tendríamos que época de sequía tendríamos además problemas de mortandad de la población como ocurre en el África subsahariana. Atendiendo al párrafo 5º tendríamos que se debe asegurar, por ley, una calidad que en manos privadas es más que probable que se incumpla por lo que estaríamos corriendo graves problemas de salud y estaríamos sujetos a los riesgos de los puntos 1 y 2. Además de la dilución de las responsabilidades al ser sujetos económicos(las empresas) que pueden desaparecer y quedarse vacías de patrimonio para hacer frente a las sanciones.

Es por ello que el modelo actual, de carácter marcadamente pública, de gestión y explotación de los recursos hídricos es el más positivo ya que nos permite:
  1. calidad en el suministro, atendiendo a la calidad de los origenes de los mismos, 
  2. control de calidad y salubridad,
  3. mantenimiento de la responsabilidad ante las posibles infracciones,
  4. cumplimiento del mandato constitucional de dominio público sobre la propiedad del origen
  5. impedimiento legal de que terceros no regulados puedan comerciar con el agua y evitar riesgos sanitarios,
  6. continuidad en la inversión para el mantenimiento de las infraestructuras por que los gestores son públicos y salvo casos extremos mantendrán la inversión a niveles optimos. 
Por todo lo anterior el sistema público de propiedad y gestión en nuestro país es, a mi juicio,  el más idóneo. En países con regímenes de lluvia más abundantes pueden darse otros modelos.

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